Patrimonio y legal
Cómo hacer un testamento en México: costo 2026, requisitos y el Mes del Testamento
El testamento público abierto se otorga ante notario y es la forma más común y segura de dejar en orden tu patrimonio. Te explicamos los requisitos, el paso a paso, cuánto cuesta según el estado y cómo aprovechar el descuento de hasta 50% del "Mes del Testamento" en septiembre, aclarando que el trámite puede hacerse durante todo el año.
Qué es un testamento
Un testamento es el documento legal en el que una persona decide, en vida, quién recibirá sus bienes y derechos cuando fallezca. El más común y seguro es el testamento público abierto, que se otorga ante un notario público: tú expresas tu voluntad, el notario le da forma legal y lo inscribe en el registro correspondiente. Es un acto personal, libre y revocable.
Hacer testamento no significa “repartir todo ya”; conservas el control total de tus bienes mientras vivas. Lo que haces es dejar instrucciones claras para evitarle a tu familia un proceso largo, costoso y conflictivo más adelante.
Por qué conviene hacerlo
- Tú decides a quién heredas y en qué proporción, dentro de lo que permite la ley.
- Evitas conflictos familiares y pleitos por la repartición.
- Le ahorras a tus seres queridos un juicio sucesorio caro y tardado.
- Puedes nombrar albacea (quien administra la herencia) y, en su caso, tutor para hijos menores.
- Da certeza jurídica: queda por escrito y registrado.
Qué pasa si NO hay testamento
Cuando alguien fallece sin testamento, la herencia no se pierde, pero se abre una sucesión legítima (también llamada intestamentaria). La ley define quiénes heredan y en qué orden: primero descendientes (hijos) y cónyuge, luego ascendientes (padres), después otros parientes.
El problema es el proceso: la familia debe iniciar un trámite o juicio sucesorio ante un juez de lo familiar o ante notario, que suele implicar más tiempo, más gastos y más papeleo que haber hecho un testamento en vida. Según la complejidad y el número de herederos, puede durar de varios meses a años.
Testamento vs. sin testamento
| Aspecto | Con testamento | Sin testamento (intestado) |
|---|---|---|
| Quién decide los herederos | Tú, en vida | La ley y, en su caso, un juez |
| Costo | Honorarios de notario (más bajos en septiembre) | Suele ser mucho mayor (juicio o trámite + abogado) |
| Tiempo | Mismo día o pocos días | De meses a años |
| Riesgo de conflicto | Bajo | Alto entre familiares |
Tipos de testamento
La ley mexicana reconoce varios tipos; el público abierto es el más usado:
- Público abierto: se otorga ante notario, que conoce y redacta su contenido. Es el más común y el que recomendamos para la mayoría de las personas.
- Público cerrado: el testador entrega al notario el documento ya escrito, en sobre cerrado; el notario no conoce el contenido.
- Ológrafo: escrito de puño y letra por el testador y depositado en el Archivo General de Notarías.
- Público simplificado: ligado a la compra o regularización de una vivienda, en la misma escritura.
También existen testamentos especiales (militar, marítimo, privado y el otorgado en el extranjero) para circunstancias excepcionales.
Requisitos
Para el testamento público abierto necesitas, en general:
- Identificación oficial vigente con fotografía (INE, pasaporte, licencia de conducir o cédula profesional).
- CURP o acta de nacimiento (según lo solicite la notaría).
- Datos de tus bienes (descripción general; no siempre se piden escrituras, pero conviene tenerlas a la mano).
- Datos de tus herederos (nombres completos) y de quien designes como albacea.
- Testigos, solo en casos especiales (ver más abajo).
Los requisitos exactos pueden variar por estado. Confirma con la notaría o con el portal oficial de tu entidad antes de acudir.
¿Cuándo se necesitan testigos?
En el público abierto normalmente no se requieren testigos si sabes y puedes leer y firmar. Sí se piden en casos especiales: cuando la persona no sabe o no puede firmar o leer, cuando no ve o no oye, cuando se usa intérprete, o cuando la ley estatal lo exige. El notario te indicará si tu caso lo requiere.
Paso a paso ante notario
- Reúne tus documentos (identificación, CURP o acta) y define a tus herederos.
- Acude a una notaría pública de tu estado y solicita una cita para testamento.
- Entrevista privada: explicas al notario cómo quieres repartir tus bienes.
- Redacción: el notario da forma legal a tu voluntad y elabora la escritura.
- Lectura y firma: se te lee el documento; si estás de acuerdo, lo firmas.
- Pago de honorarios según la tarifa de tu estado (con descuento si es septiembre).
- Registro: el notario lo inscribe en el Registro Nacional de Avisos de Testamento sin revelar su contenido.
Costo y el “Mes del Testamento”
El costo de un testamento varía por estado y por notaría, porque los honorarios notariales se rigen por aranceles estatales. Fuera de campaña, suele ir de poco más de mil pesos a varios miles, según la entidad.
Cada septiembre se realiza la campaña nacional “Mes del Testamento”, impulsada por la Secretaría de Gobernación y el Notariado Mexicano, con apoyo de los gobiernos estatales. Durante ese mes, las notarías participantes ofrecen honorarios con descuento de hasta 50%, asesoría gratuita y, en muchos casos, horarios extendidos (incluso sábados).
A modo de referencia general (las cifras cambian cada año y por estado):
| Concepto | Costo aproximado |
|---|---|
| Testamento fuera de septiembre | Desde poco más de $1,000 hasta varios miles, según el estado |
| Testamento en septiembre (con descuento) | Notablemente más bajo; en algunas entidades desde alrededor de $700–$1,500 |
| Personas adultas mayores y grupos prioritarios en septiembre | Tarifas aún menores en varias entidades |
En varios estados, las personas adultas mayores (por ejemplo, de 60 o más años), personas con discapacidad, migrantes o en situación de vulnerabilidad acceden a tarifas preferentes todavía más bajas durante la campaña. Pregunta en tu estado si calificas.
Vigencia: se puede modificar o revocar
Un testamento no caduca: tiene vigencia indefinida. Pero puedes modificarlo o revocarlo cuando quieras. Cada vez que otorgas uno nuevo, revoca automáticamente al anterior, así que el válido es siempre el último que hayas otorgado correctamente.
A quién acudir
- Notaría pública de tu estado: es la vía principal para el testamento público abierto.
- Directorio oficial: puedes ubicar notarías en el directorio del Notariado Mexicano.
- Jornadas de septiembre: en algunos estados hay módulos, jornadas o unidades móviles del gobierno durante el “Mes del Testamento”.
Trámites relacionados
Al planear tu sucesión o al gestionar una herencia, suelen pedirse estos documentos:
- Acta de nacimiento — para acreditar identidad y parentesco.
- Acta de defunción — necesaria para iniciar la sucesión cuando alguien fallece.
- Corrección de actas — si hay errores de datos que deban corregirse antes del trámite.
Paso a paso
Reúne tus documentos
Ten lista tu identificación oficial vigente, tu CURP o acta de nacimiento, y los datos de tus bienes y de las personas a quienes quieres heredar.
Elige y contacta una notaría
Acude a una notaría pública de tu estado. En septiembre puedes buscar las notarías y módulos que participan en el Mes del Testamento.
Expresa tu voluntad al notario
En entrevista privada le dices al notario cómo quieres repartir tus bienes y a quién designas como heredero o herederos.
El notario redacta el testamento
El notario da forma legal a tu voluntad y prepara la escritura pública con las disposiciones que indicaste.
Lectura y firma
Se te lee el documento en voz alta; si estás de acuerdo, firmas ante el notario. En ciertos casos se requieren testigos.
Registro e inscripción
El notario inscribe el testamento en el Registro Nacional de Avisos de Testamento, sin revelar su contenido. Conserva tu comprobante.
Preguntas frecuentes
¿A qué edad puedo hacer un testamento?
Puedes otorgar testamento a partir de los 16 años, siempre que tengas capacidad legal para hacerlo. No necesitas tener muchos bienes para empezar a planear tu sucesión.
¿Necesito llevar un borrador o saber redactarlo?
No. Solo le explicas al notario cómo quieres repartir tus bienes; él se encarga de darle forma legal y de redactar el documento.
¿De verdad es más barato en septiembre?
Sí. Durante el "Mes del Testamento" (septiembre) las notarías ofrecen honorarios con descuento de hasta 50% y asesoría gratuita, pero el trámite puede hacerse en cualquier momento del año.
¿Necesito testigos para el testamento público abierto?
Por regla general no, si sabes y puedes leer y firmar. Se requieren testigos en casos especiales: si no sabes o no puedes firmar o leer, si no ves o no oyes, o cuando la ley estatal lo exija.
¿Puedo cambiar mi testamento después?
Sí, cuantas veces quieras. Cada testamento nuevo revoca al anterior, así que siempre vale el último que hayas otorgado válidamente.
¿Qué pasa si muero sin testamento?
Tu familia tendrá que iniciar una sucesión intestamentaria (juicio o trámite ante notario) para definir herederos. Suele ser más cara y tardada que hacer un testamento en vida.
¿Cuánto cuesta un testamento?
Varía según el estado y la notaría. Fuera de septiembre suele ir de poco más de mil a varios miles de pesos; con el descuento de septiembre baja de forma importante. Consulta tarifas en tu estado.
¿Dónde se hace el trámite?
En una notaría pública. En algunos estados, durante septiembre, hay jornadas y módulos del gobierno o unidades móviles donde también puedes tramitarlo.
Fuentes oficiales
Información verificada en 22 de junio de 2026 con base en fuentes oficiales. Los requisitos y costos pueden cambiar; confirma siempre en el portal oficial antes de iniciar tu trámite.
Trámites relacionados
Acta de nacimiento
La copia certificada de tu acta de nacimiento se descarga en línea en el portal oficial, con la misma validez legal que la de ventanilla. Te decimos cómo, cuánto cuesta por estado y cómo evitar sitios fraudulentos.
Acta de defunción
La copia certificada del acta de defunción se descarga en línea en el portal oficial, con validez legal. Te decimos cómo obtenerla, cuánto cuesta por estado y para qué trámites la necesitas (herencias, seguros y pensiones).
Corrección de actas
Si tu acta tiene un error, hay dos caminos: la aclaración administrativa (para errores menores, ante el Registro Civil) y la rectificación judicial (para datos sustanciales, ante un juez). Te explicamos cuál te toca y cómo hacerlo.