IMSS, ISSSTE y salud
Incapacidad por el IMSS: cómo tramitarla y cobrar el subsidio 2026
La incapacidad del IMSS la expide tu médico tratante y da derecho a un subsidio en dinero. Te explicamos los tipos (enfermedad general, riesgo de trabajo y maternidad), cuánto se paga, los días de espera y cómo cobrar el subsidio en tu cuenta.
Qué es la incapacidad del IMSS
La incapacidad por el IMSS es el documento médico-legal con el que el Instituto Mexicano del Seguro Social reconoce que, por una enfermedad, un accidente o la maternidad, no puedes trabajar de forma temporal. Ese documento, llamado Certificado Único de Incapacidad, ampara tu ausencia ante tu patrón y, sobre todo, te da derecho a recibir un subsidio en dinero que sustituye parte o la totalidad de tu salario mientras te recuperas.
La incapacidad solo la puede determinar y expedir el médico tratante del IMSS después de valorarte. Un certificado de un médico particular no es válido para estos efectos ante el Instituto.
Para qué sirve
- Justificar tu ausencia en el trabajo de forma legal mientras dura el padecimiento.
- Recibir un subsidio económico que cubre el 60% o el 100% de tu salario registrado, según el tipo de incapacidad.
- Proteger tu empleo durante el periodo autorizado por el médico.
- Dejar constancia del evento (especialmente útil en riesgos de trabajo) para futuros trámites.
Tipos de incapacidad
El IMSS reconoce tres grandes tipos, y el porcentaje y los días de espera cambian en cada uno:
| Tipo | Cuándo aplica | Cuánto se paga | Días de espera |
|---|---|---|---|
| Enfermedad general | Padecimiento o accidente no relacionado con el trabajo | 60% del salario registrado | Sí: del día 4 en adelante |
| Riesgo de trabajo | Accidente o enfermedad por causa del trabajo o en el trayecto | 100% del salario registrado | No: desde el día 1 |
| Maternidad | Embarazo: descanso pre y posnatal | 100% del salario registrado | No |
Quién tiene derecho y requisitos
Para tener derecho al subsidio necesitas, en general:
- Estar asegurado y vigente ante el IMSS al momento de la incapacidad.
- Contar con un Certificado Único de Incapacidad expedido por tu médico del IMSS.
- Tener tu Número de Seguridad Social (NSS).
Requisitos específicos por tipo:
- Enfermedad general: además de estar vigente, se piden algunas semanas cotizadas recientes (en términos generales, al menos cuatro semanas cotizadas previas al inicio del padecimiento).
- Riesgo de trabajo: no se exige un mínimo de semanas; basta estar dado de alta cuando ocurre el accidente o se diagnostica la enfermedad laboral.
- Maternidad: haber cubierto 30 semanas cotizadas en los 12 meses anteriores al inicio de la semana 34 de gestación, y que el embarazo esté certificado por el IMSS.
Cómo se tramita (paso a paso)
- Acude con tu médico del IMSS. Saca tu cita o preséntate en tu Unidad de Medicina Familiar para la valoración. En maternidad, la valoración para el certificado se hace alrededor de la semana 34.
- Recibe el certificado. Si procede, el médico expide el Certificado Único de Incapacidad con los días autorizados. Guarda tu copia.
- Registra tu cuenta CLABE. En el portal del IMSS puedes dar de alta tu CLABE interbancaria (18 dígitos) para recibir el subsidio por depósito; es un solo registro que sirve para incapacidades futuras.
- Cobra tu subsidio por depósito o en ventanilla bancaria (ver más abajo).
- Renueva si continúa el padecimiento. El médico puede expedir certificados de continuación; cobra el subsidio por cada periodo.
Cuánto y cómo se paga el subsidio
El subsidio se calcula sobre tu salario diario registrado ante el IMSS:
- Enfermedad general: 60% del salario registrado, a partir del cuarto día de incapacidad.
- Riesgo de trabajo: 100% del salario registrado, desde el primer día.
- Maternidad: 100% del salario registrado, por los 84 días que ampara el certificado.
Tienes dos formas de cobrarlo:
- Depósito en tu cuenta (recomendado): registras tu CLABE una vez en el portal del IMSS (trámite IMSS-01-036-A, gratuito) y el subsidio se deposita directamente.
- Ventanilla bancaria: acudes a un banco autorizado a partir del tercer día hábil posterior a la expedición del certificado, con tu identificación oficial vigente y la “copia - asegurado” del certificado.
Cómo consultarla en IMSS Digital
En el portal de Servicios Digitales del IMSS puedes, según el servicio:
- Consultar tus incapacidades y su historial.
- Registrar, modificar o dar de baja tu cuenta CLABE para el depósito del subsidio.
Para entrar necesitas tu NSS y, en algunos trámites, tu e.firma. También puedes apoyarte en el Centro de Contacto IMSS al 800 623 2323 para dudas sobre el estado de tu pago.
Días de espera y duración
- Días de espera: solo aplican en enfermedad general (los primeros 3 días no los paga el IMSS). En riesgo de trabajo y maternidad se paga desde el inicio.
- Duración de cada certificado: la define el médico según tu padecimiento.
- Duración máxima: la incapacidad temporal puede prolongarse hasta 52 semanas; cuando el caso lo amerita y el médico lo determina, el IMSS puede otorgar una prórroga de hasta 26 semanas adicionales. Si el padecimiento se vuelve permanente, el trámite puede derivar en una valoración de invalidez o de incapacidad permanente y, en su caso, una pensión.
Problemas comunes
- “No me pagaron los primeros días”: en enfermedad general son días de espera; el subsidio inicia el día 4.
- Apareces como no vigente: sin derechos vigentes el IMSS puede no pagar el subsidio. Revisa tu vigencia de derechos y tu situación de alta.
- No llega el depósito: verifica que la CLABE registrada sea correcta y esté a tu nombre; un dato mal capturado frena el pago.
- Maternidad sin las 30 semanas: el IMSS puede no cubrir el subsidio y la obligación de pago recae en el patrón.
- Certificado de médico particular: no es válido para el subsidio del IMSS; la incapacidad debe expedirla el médico del Instituto.
- Tramitar maternidad fuera de tiempo: hacerlo antes de la semana 34 impide expedir el certificado, y muy tarde puede costarte días de subsidio prenatal.
Paso a paso
Acude a consulta con tu médico del IMSS
Solo el médico tratante del IMSS puede determinar y expedir una incapacidad. Saca tu cita o acude a tu Unidad de Medicina Familiar para la valoración.
Recibe el Certificado Único de Incapacidad
Si procede, el médico expide el certificado con los días autorizados. Es gratuito; conserva la "copia - asegurado".
Registra tu cuenta CLABE (recomendado)
Da de alta tu cuenta CLABE en el portal del IMSS para recibir el subsidio por depósito. Es un solo registro y sirve para futuras incapacidades.
Verifica que estés vigente y con semanas suficientes
Para el subsidio debes estar asegurado y vigente; en enfermedad general se piden semanas cotizadas recientes.
Cobra tu subsidio
Si registraste CLABE, el IMSS deposita en tu cuenta. Si no, cobra en ventanilla del banco autorizado con tu identificación y la copia del certificado.
Da seguimiento y renueva si es necesario
Si tu padecimiento continúa, el médico puede expedir nuevos certificados de continuación. Repite el cobro por cada periodo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga el IMSS por una incapacidad?
Depende del tipo: en enfermedad general se paga el 60% del salario registrado a partir del cuarto día; en riesgo de trabajo y en maternidad se paga el 100% del salario registrado.
¿Por qué no me pagan los primeros días de incapacidad?
En enfermedad general, los primeros 3 días son de espera y no genera subsidio el IMSS: el pago inicia desde el día 4. En riesgo de trabajo y maternidad no hay días de espera.
¿Quién expide la incapacidad?
Únicamente el médico tratante del IMSS, tras una valoración. Un médico particular no puede expedir una incapacidad válida ante el Instituto.
¿Cuánto cuesta tramitar la incapacidad?
Nada. La valoración médica y la expedición del Certificado Único de Incapacidad son gratuitas, igual que el registro de tu cuenta CLABE para cobrar.
¿Cómo cobro mi incapacidad en el banco o en mi cuenta?
Lo más práctico es registrar tu cuenta CLABE en el portal del IMSS para recibir un depósito. Si no, puedes cobrar en ventanilla de un banco autorizado al tercer día hábil posterior a la expedición, con identificación y la copia del asegurado.
¿Cuántos días dura la incapacidad por maternidad y cuánto se paga?
Son 84 días: 42 antes y 42 después del parto, y se paga el 100% del salario registrado, siempre que cumplas el requisito de semanas cotizadas.
¿Cuál es la duración máxima de una incapacidad?
La incapacidad temporal puede llegar hasta 52 semanas; en algunos casos el IMSS puede prorrogarla hasta por 26 semanas más mientras el médico lo determine.
¿Cómo consulto o valido una incapacidad en línea?
En el portal de Servicios Digitales del IMSS puedes consultar tus incapacidades y registrar tu cuenta para el depósito. Necesitas tu NSS y, para algunos servicios, tu e.firma.
Fuentes oficiales
Información verificada en 22 de junio de 2026 con base en fuentes oficiales. Los requisitos y costos pueden cambiar; confirma siempre en el portal oficial antes de iniciar tu trámite.
Trámites relacionados
Vigencia de derechos IMSS
La constancia de vigencia de derechos indica si tienes derecho a servicios médicos del IMSS y desde cuándo. Te explicamos cómo obtenerla gratis en línea con tu CURP y NSS, y qué hacer si apareces sin vigencia.
Semanas cotizadas IMSS
El reporte de semanas cotizadas muestra tu historial laboral ante el IMSS y es clave para tu pensión. Te explicamos cómo obtenerlo gratis en línea con tu CURP y NSS, y qué hacer si te faltan semanas.
NSS (Número de Seguro Social)
El NSS es tu número permanente de 11 dígitos ante el IMSS. Te explicamos cómo obtenerlo o localizarlo gratis en línea solo con tu CURP, y qué hacer si tienes un NSS duplicado.